A- de 2010
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Julio Abad La Torre Silva
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No dispone notificar personalmente el auto de inadmisión de la demanda
- Improcedencia de recursos
- Declaratoria de oficio por vulneración del debido proceso
- Procedencia después de proferido el fallo
- Sólo podrá ser alegada antes de proferido el fallo y por violación al debido proceso
- Rechazar por improcedente
- Notificación por estado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de los autos de julio 3 y 15 de 2009, mediante los cuales se inadmitió la demanda de la referencia, el actor alega que no se le dio a conocer por medio escrito los requisitos que se le exigían con el fin de que se admitiera la demanda.
La Corte decide rechazar la solicitud después de constatar que no existió vulneración al debido proceso del actor.
Niega.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR por improcedente la solicitud de nulidad formulada por el senor Julio Abad Latorre Silva, en el proceso de constitucionalidad de la referencia, radicado bajo el numero D-7812.
- Segundo. AUTORIZAR la expedicion de copias del expediente y su entrega al mencionado solicitante.
- Contra esta decision no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.